Atendiendo la vigencia del derecho al servicio de Lentes, Prótesis y Órtesis para afiliados activos dependientes de la ANEP y de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados (UTE, INC, OSE, ANCAP, ANP, ANTEL, AFE y BPS), de conformidad con los Convenio Colectivos recientemente suscritos entre los representantes del Poder Ejecutivo y de los Sindicatos de la Enseñanza Pública y de la Mesa Sindical Coordinadora de Entes; el Banco de Previsión Social hace llegar a las respectivas jerarquías de Gestión Humana de las Instituciones beneficiarias, documento informativo con reseña de los tipos de beneficios que sirve nuestro Instituto, sus características, detalle de montos (para aquellos que tienen valores fijos), requerimientos del trámite, lugar y forma de presentación, plazos de renovación y trámites por poder.
1. Comunicar la inasistencia al centro educativo o dependencia de la ANEP donde desempeña su actividad laboral.
2. Concurrir al médico en su institución prestadora de servicios de salud, del Sistema Nacional Integrado de Salud (mutualista o dependencias de ASSE), o solicitar a esa institución médico a domicilio, si fuera necesario.
3.Realizar, en coordinación con su médico tratante, el trámite establecido en la institución prestadora de salud para este tipo de certificación médica, conservando el comprobante expedido por el médico o la institución.
4. Comunicar de forma inmediata al centro educativo o dependencia de la ANEP donde desempeña su actividad laboral, el período de licencia médica prescripto. Se sugiere que todos los funcionarios de la ANEP (docentes, no docentes, becarios y pasantes de todo el país) se informen en su prestador de servicios de salud (FONASA) que tipo de tramitación se debe realizar en caso de certificación.
*Los/as funcionarios/as de la ANEP que cumplan con los pasos establecidos en el Acta 4 Res. 4 del 2018 y su certificación no aparece validada en el Sistema del BPS, deben realizar el reclamo vía mail a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
El mail debe constar de la siguiente información:
Reglamento sobre Licencias Médicas de Funcionarios de la ANEP
Ver reglamento, Acta Nº 23 Resolución Nº 52, 2019
Inspecciones domiciliarias a funcionarios que se encuentran con Certificación médica
Debido al protocolo de Inspecciones domiciliarias que se aplica por parte del organismo, se concurre a los domicilios del personal que se encuentra certificado, se recuerda lo establecido en el Artículo 12 del Nuevo Reglamento sobre Licencias Médicas de Funcionarios de la ANEP (Acta Nº 23 Resolución Nº 52 del 7 de mayo del 2019).
Art. 12: Si se constatara por parte de la División de Servicios Médicos, Prevención y Salud en el Trabajo un mal uso de la licencia que se concede para lograr la recuperación de la salud del funcionario, becario o pasante, no guardando el reposo o demás terapéuticas indicadas, prolongándose el lapso de evolución de la enfermedad, se elevarán los antecedesntes al Consejo respectivo para su consideración.
Certificaciones Médicas por Accidentes Laborales
Cuando un funcionario de la ANEP concurra al BSE por accidente laboral y este lo certifica, debe concurrir o comunicarse a la División de Servicios Médicos para registrar su certificación para la ANEP
Las certificaciones por lactancia, maternidad o paternidad no se regirán por este procedimiento, debiendo los funcionarios informarse sobre el trámite correspondiente en el Departamento de Gestión Humana de su respectivo Consejo.
Las certificaciones médicas por enfermedad, desde el 1° de marzo de 2018, se tramitan por el Banco de Previsión Social (BPS). Este sistema tiene la virtud de no afectar el cobro del 100% de los haberes.
Acta 4 Resolución 44 de CODICEN
Por consultas: 0800 2637
Sistema Medicos de la Division Servicios Medicos
Certificaciones de reducción horaria por enfermedad
El funcionario de la ANEP que solicita la reducción horaria por enfermedad debe:
El funcionario recibirá un mail por Juntas médicas de la División Servicios Médicos, en el que se le notificará el día y hora que deberá presentarse a Junta Médica con la documentación solicitada.
Reintegro del funcionario antes de la fecha estipulada por la certificación.
Cuando un funcionario de la ANEP está certificado por el sistema único de certificaciones, para reintegrarse antes de la fecha estipulada, debe concurrir al prestador de salud donde se le otorgó su certificación y solicitar el alta médica.
Funcionario certificado por accidente laboral
Cuando un funcionario de la ANEP concurre al BSE por algún accidente laboral y este lo certifica, debe concurrir o comunicarse a la División de Servicios Médicos para registrar su certificación para la ANEP.
Este material debe estar presente para el procedimiento administrativo para incripciones (llamados a aspiraciones y concursos)
Formularios provisorio de inscripción
Esta guía tiene por objeto ofrecer al público información respecto a los requisitos, documentos, oficinas y demás aspectos que sean necesarios para realizar un trámite ante el CFE.
Se desea que el usuario de la administración, previamente conozca cuales son las etapas que un expediente debe realizar y cual es su razón, favoreciendo su previsión, comprensión, estimación del tiempo y costos.
La Administración está trabajado en coordinación con las diferentes reparticiones a fin de eliminar pasos innecesarios, estableciendo controles que redunden en una mejora de la gestión, transparencia y beneficio para el usuario/administrado.
Se recuerdan algunos artículos de la Ordenanza 10, (obligación de la administración de tomar resolución de toda solicitud que se le presente por un interesado/usuario, principios del proceso administrativo, plazos para resolver).
Estamos actualizando los datos, en breve volverán a estar publicados
Disculpe las molestias